NUEVA LEY 21.563 DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS YA EN VIGENCIA: UNA SEGUNDA OPORTUNIDAD PARA PERSONAS Y EMPRESAS

La recientemente promulgada Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, la cual entró en vigencia el pasado 10 de agosto, ha abierto un nuevo capítulo en el ámbito de la reestructuración de deudas en nuestro país. Esta legislación, diseñada para aliviar las tensiones financieras tanto de personas naturales como de micro y pequeñas empresas, representa un hito significativo en el campo legal y económico.

Uno de los aspectos más notables de esta normativa es su enfoque en la reorganización de deudas, otorgando a aquellos que enfrentan dificultades financieras una oportunidad real de recuperación en lugar de recurrir a la liquidación. Este enfoque busca no solo preservar empleos, sino también mantener la integridad de las cadenas de suministro y contribuir a la estabilidad económica en general.

La ley se basa en cuatro pilares fundamentales:

Procedimientos Simplificados y Económicos: Se han establecido procedimientos de rápida tramitación y bajos costos de administración, lo que hace que el acceso a la reestructuración sea más accesible para personas y empresas de menor tamaño.

Incentivo al Reingreso al Sistema Crediticio: La normativa busca promover el regreso de los deudores al sistema crediticio, fomentando la recuperación de créditos y la revitalización de la actividad económica.

Incremento de Tasas de Recuperación de Créditos: Se espera que esta legislación contribuya significativamente al aumento de las tasas de recuperación de créditos, beneficiando a acreedores y deudores por igual.

Promoción de Reestructuraciones de Pasivos: La ley promueve activamente la reestructuración de pasivos como una alternativa preferible a la liquidación, con el objetivo de resolver problemas financieros de manera más efectiva, evitando así la desaparición de empresas y emprendimientos de distintos tamaños.

Este importante desarrollo legal ha sido elogiado tanto por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, Nicolás Grau, como por el Superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, Hugo Sánchez. Destacan su impacto positivo en personas naturales y empresas de menor tamaño, así como su énfasis en la simplicidad y la flexibilidad en los procedimientos.

Una característica relevante de esta nueva ley es la extensión de la renegociación gratuita a aquellos individuos que emiten boletas de honorarios y se enfrentan a sobreendeudamiento, brindando una oportunidad crucial para superar sus dificultades financieras.

Además de estos cambios sustanciales, la legislación reduce trámites redundantes y fomenta el uso de la tecnología para acelerar los procedimientos, lo que debería hacer que el proceso sea aún más eficiente.

Es importante reiterar que la normativa ya está en pleno efecto desde el 10 de agosto de 2023, marcando un punto de inflexión en la forma en que abordamos los problemas de deuda en nuestro país.

Como estudio, MOS se especializa en llevar adelante los procedimientos concursales establecidos en la Ley N.° 20.720 y sus modificaciones, tanto respecto de empresas como de personas naturales, estando nuestro equipo de profesionales siempre dispuesto para prestar asesoría en estos asuntos o cualesquiera que requieran nuestros clientes, manteniendo él ya distintivo estándar de calidad y compromiso que nos caracteriza.

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